Hace exactamente 14 años el Colegio de Abogados de Osorno informaba a la opinión pública a través de este medio, su posición crítica frente al mal servicio que prestaba el recién asumido Conservador de Bienes Raíces de Osorno, don Oscar Henríquez Marino, quien asumió el cargo el mes de junio del año 2007.
Lamentablemente, más de una década después, la situación lejos de mejorar, ha venido empeorando progresivamente. Así, los asuntos que le son requeridos continúan experimentado un notable retardo en su tramitación, fuera de toda racionalidad, además de que el público que requiere del servicio tiene que soportar largas filas para ser atendido bajo el inclemente clima invernal o caluroso sol estival y someterse a las exigencias antojadizas y caprichosas de este funcionario para la verificación de las inscripciones, cancelaciones y anotaciones encomendadas, situación que no ocurre en ningún otro Conservador de Chile.
Ya el año 2007, el Sr. Henríquez se había comprometido a mejorar el servicio prestado incorporando tecnología adecuada a las demandas del Chile del siglo XXI, pero a la fecha sus palabras no se han traducido en acciones concretas destinadas a facilitar la tramitación de los diversos asuntos mediante el uso de la informática, como si lo han hecho exitosamente otros Conservadores de la Jurisdicción de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valdivia.
El anacrónico servicio prestado por el Sr. Henríquez, motivó una serie de denuncias formuladas por un grupo de abogados de la ciudad de Osorno, con el apoyo del Colegio de Abogados de la Provincia, iniciándose una investigación disciplinaria en su contra a objeto de investigar eventuales ilícitos administrativos, a cargo de una fiscal judicial de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valdivia, funcionaria que en su momento formuló cargos en contra del Conservador de Bienes Raíces de Osorno por el mal servicio prestado, pero más tarde propuso su absolución, en un dictamen que consideramos a lo menos incongruente con el mérito de los antecedentes recopilados en la investigación.
Resulta incomprensible tanta benevolencia hacia un funcionario que ejerce un servicio monopólico, deficiente y reticente a incorporar tecnología en beneficio de los usuarios del sistema, lo que condena a las fuerzas vivas de nuestra Provincia a recibir un trato vejatorio que no se condice con el respeto irrestricto a la dignidad de la persona humana, plasmado en el artículo 1° de la Carta Fundamental, situación que reviste especial relevancia cuando esta conducta ha sido una constante histórica del Sr. Conservador, desde que asumió el cargo a la fecha.
No obstante, confiamos en que el Pleno de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valdivia, llamado a resolver, efectuará un estudio acucioso de los antecedentes y resolverá en definitiva conforme a derecho y al mérito de la abundante prueba de cargo que obra en el sumario administrativo incoado.-
José Manuel Baquedano González
Pdte. Colegio de Abogados Provincia de Osorno